Derecho Procesal
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En la universidad nos enseñan el derecho como un compendio de normas, y nos lo dictan como si fuera suficiente con saberse el artículo. Nos entrenan para citar cánones de los Código, pero no para pelear el pleito. Ejemplo de esto es lo atinente al artículo 226 del Código General del Proceso el cual regula la prueba pericial, pero muy pocas veces nos enseñan qué hacer con un perito cuando está en estrado, opinando contra nosotros, con dictámenes disfrazados de verdad científica y aureola de sabiduría incuestionable.
Lo que no te dicen, joven abogado, es que interrogar a un testigo experto no es simplemente una tarea más del juicio: es una guerra de inteligencia, estrategia, ciencia y teatralidad forense. Y como en toda guerra, entrar mal preparado puede ser el principio del desastre.
En mi afán de no dejar la experiencia al azar, me he dedicado a estudiar no solo las normas, sino a quienes han vivido la batalla del litigio. En ese periplo me he topado con literatura interesante como la del jurista y maestro italiano Gianrico Carofiglio, como por citar un ejemplo, quien con un estilo novelesco y ligero sobre fiscales y testigos, termina dejando una lección magistral sobre cómo contrainterrogar, especialmente cuando del otro lado está un supuesto sabio que pretende sentar cátedra.
Y eso me recordó un proceso real, reciente, en el que intervengo como apoderado de un facultativo (médico) demandado por supuesta negligencia. En el expediente se encuentra un dictamen pericial presentado por la parte demandante, lleno de afirmaciones técnicas que, al principio, parecían irrebatibles. Pero bastó una lectura atenta para detectar contradicciones sutiles. Allí entendí que encontrar el error es apenas el comienzo: la clave está en saber usarlo, en audiencia, y frente al juez.
Y por eso escribo esto: para dejar algunos apuntes prácticos sobre cómo interrogar a un perito, cómo desarmar un dictamen que parece infalible y cómo convertir la experticia contraria en ventaja propia.
1. El perito no siempre es infalible, aveces solo parece serlo
En el artículo 226 del CGP se define la prueba pericial como aquella opinión técnica rendida por un experto sobre hechos que requieren conocimientos especiales. Es decir, no es testimonio directo ya que este no ha presenciado nada de lo narrado por las partes, es un juicio personal científico, artistico o tecnico. Y aunque el sistema procesal colombiano le da un valor probatorio, su peso depende de su idoneidad, claridad, exhaustividad, solidez y precisión.
Y aquí empieza tu tarea como litigante: revisar esos cinco elementos como si estuvieras buscando fallas en un avión. Si la metodología no está explicada, si la conclusión no es clara, si el dictamen se sostiene en lugares comunes o si el experto no domina la bibliografía actualizada de su área, entonces tienes en tus manos una bomba procesal… solo hay que saber detonarla en el momento adecuado.
2. Investiga al perito: que no te deslumbre el título
Una de las armas más subestimadas en el contrainterrogatorio es la investigación previa sobre el perito. Sí, como suena: investígalo. No basta con saber qué dijo en su dictamen; hay que saber quién es, qué ha hecho, en qué ha trabajado, cuántos dictámenes ha rendido, si tiene publicaciones, si ha sido sancionado disciplinariamente, si ha trabajado antes con alguna de las partes o si ha servido como “perito de cabecera” en múltiples procesos del mismo abogado, sujeto procesal o firma.
Estos elementos pueden ser oro procesal. Porque si logras evidenciar, por ejemplo, que el experto ha sido reiteradamente contratado por la misma parte o que su independencia está en entredicho, ya tienes la oportunidad de minar su credibilidad desde la raíz.
Y hay algo más que muchos ignoran: la idoneidad no es solo académica, es también material y funcional. Un médico puede tener veinte diplomas, pero si el caso versa sobre negligencia en un procedimiento cardiovascular, no basta con que sea médico. Debe ser cardiólogo, no urólogo, ni dermatólogo, ni médico general. Un perito solo es idóneo si tiene conocimiento específico en el área concreta del conflicto técnico a resolver.
Dejar pasar ese detalle puede costar el caso. Exponerlo, en cambio, puede ser el principio de la victoria. Así que, antes de entrar a audiencia, haz la tarea como si fueras periodista de investigación. Porque si no lo haces tú, no lo hará nadie.
3. El contrainterrogatorio es cirugía, no carnicería
Aquí Carofiglio es el maestro: interrogar a un perito no es gritarle ni demostrar que eres más inteligente. Es hacer preguntas como si fueras un estudiante curioso. Que no vea venir el golpe. Que sienta que tiene el control, hasta que ya no lo tenga.
La estrategia es clara:
- Primero, interroga sobre conocimientos generales de su disciplina. Si falla allí, ya has sembrado la duda sobre su competencia.
- Segundo, interroga sobre su actualización: ¿conoce los estudios recientes? ¿Está al día en publicaciones relevantes? Si no, su credibilidad empieza a desplomarse.
- Tercero, pregúntale sobre la metodología de su dictamen: ¿cuál usó?, ¿por qué esa?, ¿qué soporte probatorio tiene?, ¿es reproducible?
- Finalmente, remata llevándolo a contradecir su propia conclusión o a admitir que se trata de una hipótesis no confirmada. La capitulación del experto es el jaque del juicio.
Y esto —debo decirlo con la tranquilidad del que lo ha probado— me ha funcionado en la práctica. En más de un proceso he logrado desvirtuar afirmaciones fácticas contenidas en dictámenes periciales que parecían incuestionables. Esa estrategia ha permitido obtener fallos favorables para mis clientes, particularmente en litigios donde la palabra del experto parecía inclinar la balanza. Por eso insisto: no se trata de literatura, ni de discurso académico estéril. Esto es técnica pura, y dominarla vale más que cualquier improvisación. En la sala de audiencias, apostar por la estrategia es siempre más confiable que ir al azar.
4. Saber qué tipo de dictamen estás enfrentando
El profesor Natan Nisimblat enseña que no todos los dictámenes son iguales. Y tiene razón. Saber si estás frente a un dictamen de comprobación, de opinión, de contradicción o conceptual cambia la estrategia. Un dictamen de opinión exige refutar su fundamento; uno conceptual, verificar si el conocimiento general que cita aplica al caso particular.
No es lo mismo refutar a un perito que dice «la costumbre internacional establece tal cosa», que a uno que afirma «el médico actuó con negligencia». En el primero, tu tarea es jurídica; en el segundo, científica.
5. El dictamen de parte no es prueba si versa sobre derecho
Y aquí una trampa en la que caen muchos: traer como «perito» a un experto que rinde opinión disfrazada sobre puntos de derecho. Error. La jurisprudencia ha sido clara: ese dictamen no es prueba, es alegato. Puede orientarte, sí. Pero no se valora como dictamen técnico. No lo uses como tal, y si lo hace tu contraparte, destrúyelo con el artículo 226 en la mano.
Créanme, he visto cómo algunos dictámenes parecen más una sentencia judicial que una experticia. Conclusiones redactadas en tono condenatorio, cargadas de adjetivos, sin metodología alguna y muchas veces con un tufillo doctrinal que más parece una columna de opinión. Por eso, reconocer este tipo de vicios es fundamental. No todo lo que trae un experto con firma y cédula profesional es prueba. A veces es simplemente el eco técnico de una de las partes, y como tal debe ser tratado.
6. Nunca preguntes sin saber la respuesta
Esta es una regla de oro del contrainterrogatorio adversarial: no hagas preguntas cuya respuesta no conoces o no puedes controlar. No pongas a prueba al experto si no estás seguro de que va a fallar. Si el perito responde bien, tu ataque se convierte en publicidad gratuita para él. Mejor una pregunta menos que un error de cálculo.
7. El silencio es parte de la estrategia
Una vez consigas que el perito contradiga su propio dictamen o admita ignorancia en un punto clave, no remates con agresividad. No hagas comentarios ni sarcasmos. Calla. Deja que el peso de la respuesta caiga como un yunque. Esa pausa vale más que mil palabras. El juez, que no es tonto, sabrá leer el gesto. Como enseñan en el sistema adversarial norteamericano: “When you have scored your point on cross-examination, for heaven’s sake, quit.”
Conclusión: el derecho no solo se aprende, se entrena
Este oficio, el de litigar, no solo se aprende en la cátedra (como todo). Se aprende en la trinchera, leyendo autores que sí combaten, sea desde el mismo litigio o desde la administracion de justicia, como Carofiglio, Nisimblat entre otros. Se aprende fallando, reflexionando, corrigiendo. Por eso escribo esto: si a algún colega joven le sirve, habrá valido la pena. Porque algún día va a estar frente a un perito, y en ese momento, más que el artículo 226 y s.s, va a necesitar temple, táctica, y sí: un poco de malicia profesional.
En la sala no gana el que más cita, sino el que mejor pregunta.

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